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Despachan a ley proyecto que crea la Fiscalía Supraterritorial para crimen organizado y delitos de alta complejidad

La unidad desempeñará sus funciones respecto a ilícitos en los cuales existan antecedentes de la intervención de asociaciones delictivas o criminales, y cuando los hechos requieran una dirección supraterritorial o transnacional de la investigación. El ministro de Justicia, Luis Cordero, calificó el proyecto como “la reforma estructural más importante en la historia del Ministerio Público”.

Este miércoles la Sala de la Cámara aprobó por unanimidad y despachó a ley el proyecto de reforma constitucional que crea la Fiscalía Supraterritorial.

La medida contempla la creación de una nueva unidad especializada en crimen organizado y delitos de alta complejidad, al interior del Ministerio Público.

Esta instancia desempeñará sus funciones respecto a ilícitos en los cuales existan antecedentes de la intervención de asociaciones delictivas o criminales, y cuando los hechos requieran una dirección supraterritorial o transnacional de la investigación.

Por su parte, el ministro de Justicia, Luis Cordero, calificó el proyecto como “la reforma estructural más importante en la historia del Ministerio Público“.

Asimismo, precisó que este reforma “no solo hay que mirarla como el nacimiento de una nueva unidad especializada, sino que cómo una nueva forma de comprender la Fiscalía Nacional y particularmente el rol que le corresponde al fiscal nacional, quien tendrá la posibilidad de instruir instrucciones específicas a los fiscales jefes, que están a cargo de esas investigaciones”.

¿Cómo funcionará?

El organismo está a cargo de un fiscal jefe, quien ejercerá las funciones propias del Ministerio Público. Este fiscal deberá dar cumplimiento a las instrucciones particulares que imparta el fiscal nacional en las investigaciones de crimen organizado o de alta complejidad que estén a su cargo.

El fiscal jefe será designado por el fiscal nacional y será de exclusiva confianza y se mantendrá en su cargo mientras cuente con ella.

Asimismo, el personero deberá tener al menos 10 de título de abogado, haber cumplido 35 años de edad y poseer las calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio.

También tendrá que cumplir con las condiciones de conocimiento y experiencia en litigación en asuntos penales, que serán determinados de acuerdo a la mencionada ley orgánica.

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