De la participación femenina
La participación de las mujeres en la vida política es un aspecto sumamente relevante. Recordemos que mientras a Olympe de Gouges se le condenaba a muerte por escribir textos como la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana; en 1970, Nicolas de Condorcet escribía sobre la importancia de la ciudadanía de las mujeres, aseverando que una Constitución no puede llamarse republicana si estas eran excluidas.
Bajo esta perspectiva, ad portas de votar una segunda propuesta constitucional, pareciera ser que aquellos espacios que las mujeres consideraban ganados nuevamente son puestos en duda.
Lo anterior pues, cuando se analiza la propuesta constitucional, arribamos a una constitucionalización del status quo, con un artículo 2.2. que se limita a señalar que “la ley asegurará el acceso equilibrado de mujeres y hombres a las candidaturas a cargos de elección popular; así como su participación en condiciones de igualdad en los distintos ámbitos de la vida nacional.”.
Lo citado, promueve exactamente aquello que hoy se encuentra vigente por medio de la Ley N° 20.840 (aquella que sustituyó el sistema binominal). En ella se introdujo la obligación de que los partidos entre los años 2017 y 2029 presentaran a lo menos un 40% de candidatas mujeres en las elecciones parlamentarias, lo que si bien ha significado un incremento del rol de las mujeres en la vida política, no lo garantiza en lo absoluto.
Por ello, resultaba imperativo contar con una Constitución que le otorgara a las mujeres aquel espacio que les ha sido negado y obstaculizado durante tanto tiempo. Inclusive, la norma propuesta por la Comisión Experta se hacía cargo de ello y señalaba que “la ley asegurará el acceso igualitario de mujeres y hombres a los mandatos electorales y cargos electivos y promoverá su participación en condiciones de igualdad en los distintos ámbitos de la vida nacional[…]”, propuesta que fue modificada por el Consejo Constitucional, en particular por las derechas, quienes pretendían que la norma afirmase:
“La ley promoverá el acceso de mujeres y hombres a las candidaturas a cargos de elección popular, así como su participación en condiciones de igualdad en los distintos ámbitos de la vida nacional.”
La promoción no era una expresión azarosa, la promoción implicaba mantener condiciones tales en que aún no hemos alcanzado siquiera el 40% de presencia femenina en el Congreso Nacional. La discusión sobre participación femenina al seno del Consejo Constitucional es una clara manifestación de lo que señalaba Alda Facio: “es más fácil permitir la entrada de mujeres a las instituciones patriarcales que transformarlas”.
Requerimos contar con la participación femenina dentro del orden democrático, su presencia en los espacios de toma de decisión legitima la democracia y es responsabilidad del propio sistema democrático, asegurar las condiciones para que dicha presencia ocurra.
Firman:
1. Miguel Aedo Martínez (Abogado, Universidad de Talca)
2. Gem Aliste Carreño (Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Alberto Hurtado)
3. Javiera Aliste Carreño (Antropóloga, Universidad Alberto Hurtado)
4. Thomas Campos Berger (Licenciado en Ciencias Políticas, Universidad de Chile)
5. Branco Delgado Ojeda (Pasante, Centro de Estudios del Desarrollo)
6. Renzo Díaz Giunta (Director, Organización Democrática Mundial por el Desarrollo)
7. Michelle Espinoza Andrade (Ayudante, Universidad Alberto Hurtado)
8. Mauricio Flores Jara (Director Territorial, LEASUR ONG)
9. Leticia Fuentes Aid (Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Alberto Hurtado)
10. Alejandro Osorio Cortés (Ayudante, Universidad Alberto Hurtado y Universidad de Chile)
11. Catalina Olivares Urenda (Estudiante, Universidad Austral de Chile)
12. Catalina Parada Vergara (Ayudante, Universidad San Sebastián)
13. Alejandra Poillot R. (Abogada, Universidad Alberto Hurtado)
14. Sebastián Tavali (Instructor, Universidad de las Américas)
15. Marco Triviño Cid (Estudiante, Universidad Diego Portales)
16. Victoria Lizana Nilo (Estudiante, Universidad Alberto Hurtado)
17. Bárbara Zunino Mansilla (Abogada, Universidad Católica Silva Henríquez)