Si se aprueba la propuesta Constitucional que será votada el 17 de diciembre, Domingo Lovera dice que “las normas incorporadas podrían abrir el espacio para que se declare la inconstitucionalidad del aborto en tres causales”. Abogado y doctor en Derecho -integró la Comisión de Expertos que participó en este proceso constitucional-, sostiene que con las normas que se proponen “será difícil que el Estado pueda fortalecer la educación pública”, porque si se decide aplicar más recursos a las escuelas estatales, los privados podrán reclamar que los “discriminan”. Y sobre salud y previsión, sostiene que todo seguirá igual que hoy: “Con estas normas serían inconstitucionales el sistema de salud inglés o el sistema público canadiense”.
Este viernes 17 partió la franja de TV de las opciones “A favor” y “En contra” de la propuesta constitucional que será votada en el plebiscito del próximo 17 de diciembre. En este punto inicial de la campaña, Domingo Lovera Parmo (46), abogado y doctor en Derecho, compartió con CIPER su opinión sobre el texto. Integrante de la Comisión de Expertos que redactó el anteproyecto constitucional, y a la que llegó patrocinado por el Frente Amplio, Lovera se inclina por el “En contra” y detalla las razones por las que, a su juicio, la propuesta no es buena para el país.
Lo primero que aborda son las críticas de dirigentes de derecha, quienes en este momento inicial de la campaña han intentado instalar que los comisionados y consejeros de izquierda y centroizquierda actuaron con rigidez ideológica al rechazar artículos donde se les ofreció incorporar ideas de su sector. Lovera trata de desmontar ese relato y sostiene que esos ofrecimientos escondían “una suerte de extorsión”:
“Durante el primer trabajo en la Comisión Experta, como estábamos divididos 12 y 12, había una cierta disposición a dialogar y acordar, porque estábamos empatados. Era un anteproyecto que probablemente no dejaba feliz a nadie. Y en eso residía su fortaleza, porque las demandas de los distintos sectores no estaban recogidas expresamente en la propuesta, pero tampoco estaban prohibidas”, cuenta Lovera. Y agrega: “Pero, vino la elección del Consejo Constitucional y el escenario político cambió. Y todo aquello que las derechas no habían podido incorporar en la Comisión Experta, no encontraron ningún límite para hacerlo en el Consejo. Tenían las mayorías para bloquear la presentación de normas que venían de la izquierda y centroizquierda, que es lo que hicieron. Nosotros no teníamos votos ni para bloquear ni para aprobar”.
Sobre aquellos artículos en que supuestamente se les ofreció incluir sus ideas, Lovera es tajante: “Fueron redacciones que hicieron las derechas, en las que nosotros no participamos. Todas las redacciones siempre provinieron de ellos, que es lo que ocurrió en el Consejo y que, de alguna manera, después también fue la dinámica en la Comisión Experta, donde a veces conversábamos, planteábamos nuestras inquietudes y nuestra disconformidad. Las derechas escuchaban, se iban, volvían con una redacción y decían ‘mira, aquí incluimos la preocupación de ustedes’. Y lo que teníamos que hacer frente a esa ‘oferta’, que era más bien una suerte de extorsión, era decidir si nos sumábamos. Si alguien operó con trampas en esta discusión fueron las derechas, como en el caso más obvio, en el derecho de la vida de quien está por nacer”.
-¿Cuál habría sido la trampa en ese caso?
-Las derechas ofrecían volver a la redacción que protegía la vida del “que” está por nacer, en lugar del “quien”. Eso no era volver al anteproyecto, porque el anteproyecto ya había quedado desmontado y eliminado. Era volver al texto de 1980. Esa era la oferta que se le hacía a la izquierda. Nosotros les dijimos que estábamos dispuestos, a condición de que eliminaran la otra norma de infancia, que dispone que “niño es todo ser humano menor de 18 años”. Yo no tengo duda: en términos técnicos y jurídicos, esa norma define que todo ser humano menor de 18 años es niño, por lo tanto, es un sujeto que está protegido constitucionalmente. Entonces, nosotros advertimos esas trampas. No estábamos dispuestos a dejarnos extorsionar por lo que sabíamos que iba a ser la agenda política de la derecha.
-Entonces, ¿bastaría que cambiara la conformación del Tribunal Constitucional (TC), aunque haya una mayoría a favor del aborto en tres causales en el Congreso, para que esa ley eventualmente pueda ser eliminada?
-Es interesante que menciones al TC, porque en el anteproyecto no había control preventivo de constitucionalidad por el TC, pero ahora sí está. Y eso supone que uno tenga que preguntarse no solo por lo que pueda hacer la legislatura (el Congreso), sino que además también tenga que hacer los cálculos sobre qué es lo que hará esta “tercera cámara” (el TC), que puede dirimir la interpretación de la Constitución. El problema es la norma que dispone que niño es todo ser humano menor de 18 años, porque eso vuelve el “que” o el “quien” en algo irrelevante.
“Si uno aspira a probar alternativas que permitan ver si podemos mejorar las pensiones, con esta propuesta eso no va a ocurrir”.
-¿Qué consecuencias puede traer esa redacción? Al menos el Partido Republicano ya ha dicho abiertamente que buscará eliminar la ley de aborto en tres causales.
-De hecho, hay proyectos de ley de republicanos en el Congreso que buscan revertir el aborto en tres causales. Y vuelvo al punto que planteaste (sobre la composición del TC). Una cosa es que haya mayorías en el Congreso, porque es parte de las reglas de la democracia y podría ser que en un futuro los republicanos tengan mayoría y quieran derogar la ley. Pero cuando uno deroga una ley, lo que está diciendo es que hay una evaluación política de la sociedad, de la economía, de lo que fuere, distinta de la que se tuvo cuando se aprobó la ley. Es distinto cuando se declara la inconstitucionalidad, que es lo que ocurre cuando el TC sanciona una ley por contravenir la Constitución. Son dos situaciones distintas. Una es sancionar, porque hiciste algo malo. La otra es decir «cambiamos de parecer” y derogamos la ley. No tengo duda que las normas incorporadas podrían abrir el espacio para que se declare la inconstitucionalidad del aborto en tres causales, porque se dispone que el niño es todo ser humano menor de 18 años y que la ley protege la vida del que está por nacer. Entonces, no van a necesitar mayoría en el Congreso para derogar, que es parte de las reglas del juego, sino que alguien puede presentar un reclamo al TC para que se declare la inconstitucionalidad.
-Entonces, ¿dependería del equilibrio circunstancial en el TC y no de las mayorías parlamentarias elegidas por los ciudadanos?
-Es una mala práctica que uno tenga que estar preguntándose sobre quiénes van a integrar el TC. Es muy raro que uno tenga que preguntarse qué perfil político tienen, para saber si la interpretación de la Constitución cambiará. Eso es lo que yo declaro democráticamente inadmisible: ¿Cambia la composición (del TC) por una persona y cambia la interpretación de toda la Constitución? Es algo extraño.
-En otro punto controversial, la objeción de conciencia hasta ahora está circunscrita al tema del aborto, pero ustedes han dicho que, tal como quedó en la propuesta, eso ahora se ampliaría y muchas personas podrían alegar objeción para no cumplir diversas leyes. ¿Qué alcances podría tener esto si se aprueba?
-En las redacciones anteriores, que ya eran extravagantes, se establecía que la objeción de conciencia debe ser personal e institucional. Pero ahora dice que hay objeción de conciencia y la ley determinará los casos y formas en que ésta se va a ejercer. Yo creo que eso es peor, porque establece y reconoce la objeción de conciencia como un derecho fundamental para que podamos reclamar nuestras creencias, nuestras convicciones o nuestra religión, como una razón válida para eximirnos de cumplir la ley. También las personas jurídicas, es decir, las instituciones o las entidades que la ley determine que son titulares de derechos fundamentales. Esto es una norma extravagante. No hay ningún otro país que tenga una norma tan cargada en materia de libertad de conciencia y religión como la propuesta del Consejo, que además vaya acompañada de una objeción de conciencia. En todos los países donde existe a nivel constitucional, como en Alemania, por ejemplo, o España, la objeción de conciencia está acotada al servicio militar, y en algunos países africanos para eximirse del cumplimiento de trabajos forzosos. Pero esas regulaciones establecen la obligación de que tú tengas que prestar un servicio social equivalente. Acá no tenemos ninguna de esas cuestiones, tenemos una cláusula amplísima que yo creo que es una semilla para el fin del Estado de Derecho.
-¿Por qué podría afectar tanto al Estado de Derecho?
-Hay algunos casos, en la experiencia comparada, por ejemplo, de pasteleros que buscan eximirse de cumplir las obligaciones de no discriminar a los consumidores, porque dicen “no le hago tortas de matrimonio a parejas gay”. Se niegan porque están en contra del matrimonio igualitario, aunque haya una obligación de no discriminar a las personas que pagan por el servicio. En Estados Unidos hay regulaciones en que el empleador tiene que cubrir parte de la cotización para el seguro de salud de sus trabajadores y el empleador de una empresa cristiana decía “no le voy a cubrir toda la prima a las mujeres, porque una parte va a el desarrollo de medicina de contracepción”. En materia educacional (puede haber) padres y madres que no quieran mandar a sus hijos al sistema, que los quieran educar ellos, porque son pacifistas y no quieren que les enseñen fechas de guerras. ¿Los vamos a eximir del cumplimiento de la ley? Entonces, se abre una caja de Pandora de un montón de casos en los cuales uno podría pensar que hay personas que van a esgrimir sus convicciones o creencias para eximirse de cumplir la ley.
DERECHOS SOCIALES
-En el derecho a la educación la derecha también dice que les ofreció redacciones para incluir la sensibilidad de izquierda. ¿Eso ocurrió?
-Ocurrió, pero en los mismos términos que te decía antes: las derechas redactaban una cierta formulación que de conformidad a ellas recogía una cierta sensibilidad de izquierda, pero a nosotros nos parecía que era incorrecto, porque lo que hacían era incorporar la palabra «solidaridad». Pero en el entramado total de la norma, si uno la leía en su conjunto, porque las normas de la Constitución hay que leerlas en su conjunto, implicaba que esa solidaridad quedaba relegada a los impuestos. O sea, están ofreciendo que con los impuestos se pueda hacer lo que siempre se ha hecho con los impuestos. Entonces, cuando me están diciendo que puede haber solidaridad en el sistema educacional, en el de seguridad social o en el de salud con cargo a rentas generales, no me están diciendo nada novedoso, nada que no ocurra hoy. Si incluir la palabra “solidaridad” en el texto era el precio a pagar para que la derecha después saliera diciendo que esto era parte de un acuerdo transversal, no íbamos a pagarlo, porque no era algo significativo. Todas estas normas en las que dicen que se recogió sensibilidad de izquierda, no son otra cosa que un soborno político cuyo precio es el que hoy día quieren hacernos pagar a través de los medios, diciendo que fuimos intransigentes, cuando se nos puso entre la espada y la pared: “Acepten esto, es lo máximo que les podemos ofrecer o los vamos a sacar al pizarrón en los medios, diciendo que no quisieron aceptar normas que tenían las palabras que ustedes siempre están mencionando”. Eso fue lo que se nos dijo.
-Para ustedes, ¿cuál es el problema con el derecho a la educación tal como quedó en la propuesta?
-Lo que hace la propuesta es aprobar una forma de política pública de financiación de la educación: constitucionaliza el “voucher”. En vez de disponer, por ejemplo, que el deber del Estado es financiar un sistema de educación, se dispone que el deber del Estado es garantizar el financiamiento por estudiante en establecimientos estatales y privados. Y ese «por estudiante» hace toda la diferencia, porque significa que tú como estudiante andas con la financiación, digámoslo así, en la mochila y te puedes ir, llevando esa financiación al establecimiento educacional que sea de tu interés. Es un modelo que no tiene ninguna señal de permitir una mejor financiación del sistema público. Súmale que se dispone que «se asignarán recursos públicos a instituciones estatales y privadas según criterios de razonabilidad, calidad y no discriminación arbitraria». ¿Qué colegios van a tener ventajas para, por calidad, recibir más recursos? Es un sistema de financiación regresivo. Los colegios públicos hoy tienen peores condiciones de calidad que los privados. Con estos criterios será difícil que el Estado pueda fortalecer la educación pública con más recursos. Si los privados, por ejemplo, no reciben o reciben menos, van a decir “nos están discriminando”. Estos criterios toman todos los argumentos que la derecha esgrimió en contra de las políticas públicas de los últimos diez años en educación. Estos criterios de calidad, razonabilidad y no discriminación arbitraria, son parte de lo que siempre ha reclamado: “¿Por qué el Estado va a financiar preferentemente la educación pública?”. La derecha reclamaba que era una discriminación arbitraria que los colegios privados no pudieran tener financiación estatal en la misma condición que los públicos. Hoy, eso está en la propuesta.
-También se incluye una norma que permite a los colegios ocupar solo el 50% de sus horas lectivas de acuerdo al currículum que propone el Ministerio de Educación. ¿Por qué no apoyaron este punto?
-Es una propuesta complicada, porque de nuevo constitucionaliza una cuestión que es netamente de regulación de política pública. ¿Por qué 50%? Es una norma que no tiene ninguna justificación técnica y además petrifica una decisión de política pública. Demuestra que se trata de una propuesta que es programática, detallista y maximalista.
-Respecto al derecho a la salud, ¿por qué ustedes sostienen que esta propuesta constitucionaliza el negocio de las isapres?
-Eso es un eslogan, no sé si es lo más adecuado. Lo que sí creo es que, tanto en la seguridad social como en el derecho a la salud, se constitucionaliza el derecho a elegir. Esto significa que, si no existieran isapres o AFP, habría que crearlas para que las personas pudieran desarrollar su libertad de elegir. Entonces, no es que constitucionalicen las AFP y las isapres, pero sí que las blinda constitucionalmente y yo diría que en términos mucho más intensos que el texto de 1980.
-¿Por qué?
-Porque el derecho a elegir, en el caso de la salud, puede ejercerse en el ámbito estatal o privado. Obviamente, ese derecho a elegir estará condicionado a tu capacidad de pago. El sistema privado no es un sistema por el que puedas optar si es que no tienes la capacidad de pagarlo. Esta es una garantía que va a dejar las cosas en materia de salud y seguridad social exactamente igual como están hoy y, de hecho, con una posibilidad mucho más reducida de introducir criterios de solidaridad.
“No van a necesitar mayoría en el Congreso para derogar (el aborto en tres causales), que es parte de las reglas del juego, sino que alguien puede presentar un reclamo al TC para que se declare la inconstitucionalidad”.
-¿Cuáles son los obstáculos que le pone a la solidaridad? ¿Qué límites tendría el sistema a futuro?
-Tu derecho a elegir irá asociado a tu dominio sobre las cotizaciones. Eso quiere decir que la cotización es propiedad individual que ninguna regulación legal podría redirigir. Piensa en algunas de las propuestas que se han discutido en el último tiempo en materia de pensiones. Si se aprueba que una parte de tu cotización vaya a un fondo común que permita que esto mejore las pensiones de aquellos que menos recursos poseen o que por diferentes razones tienen menos recursos acumulados, te van a decir que es inconstitucional, porque si tengo el derecho a elegir dónde coloco mi cotización, entonces la ley no puede decir que una parte de mi cotización va a ir a un fondo público, porque yo no lo he elegido. En el caso de la seguridad social, esto incluso podría alcanzar al aporte que eventualmente haga el empleador. Yo lo he escuchado expresamente de personas de derecha, que dicen que el aporte del empleador también es una forma de cotización. Entonces, todos los eventuales espacios de solidaridad de nuevo están relegados a lo que el Estado puede hacer con los recursos públicos o las rentas generales, que es la forma en que operan, por definición, los impuestos.
-¿Quedaría en la inconstitucionalidad el pensamiento de las personas que prefieran sistemas más solidarios?
-Sí, aunque algunos sostengan que actualmente Chile tiene un sistema solidario mixto, porque existe el Pilar Solidario. Pero cualquier persona que hoy día cotice y que cumpla con los mínimos legales no recibe ningún peso del Pilar Solidario. Ese programa está destinado a cubrir las pensiones de emergencia o aquellas pensiones de personas que no logran satisfacer los mínimos legales. Y por eso es curioso cuando muchos dicen que se trata de un sistema mixto o que tiene un componente de solidaridad. Sí, lo tiene porque los impuestos o rentas generales están destinadas a cubrir unas pensiones muy mínimas para personas que no logran reunir ningún recurso en sus cuentas o que no satisfacen los mínimos legales, pero el que sí lo hace no recibe ningún aporte estatal, porque no hay un componente de solidaridad universal. Eso es lo problemático, no sólo para la izquierda, sino que para los socialdemócratas. Con estas normas serían inconstitucionales el sistema de salud inglés o el sistema público canadiense, porque tú eliges dónde va tu cotización sin que la ley pueda definir un componente de solidaridad para ayudar a los que no van a recibir pensiones o van a tener pensiones de miseria.
-¿Y qué le diría a las personas que esperan este cambio constitucional para tener mejores pensiones?
-Es fácil caer en el mismo facilismo en que cayeron quienes se oponían a una propuesta de nueva Constitución, que decían que la Constitución no va a cambiar las cosas de la noche a la mañana. Yo preguntaría entonces, si se aplica también a las normas de seguridad con las que han venido haciendo campaña, ¿va a cambiar la seguridad mañana, el 18 de diciembre vamos a ser un país seguro? Sin caer en ese facilismo, creo que la propuesta no abre ninguna ventana para probar alternativas de política pública distintas a las que hoy rigen en salud y seguridad social. Si uno aspira a probar alternativas que permitan ver si podemos mejorar las pensiones, con esta propuesta eso no va a ocurrir. Y eso, a la larga, hará que las pensiones no se modifiquen sustancialmente y que esto siga dependiendo solo del ahorro individual, sin ningún componente solidario.
-¿Eso mismo ocurriría en salud?
-Ahí hay una norma que se incorpora con un supuesto seguro universal de salud, pero de nuevo, un plan universal que va a tener que regular la ley, donde no se puede discriminar por edad, sexo o preexistencia, pero no dice nada respecto a su financiación. Las izquierdas presentamos cinco o seis redacciones que incluían el derecho a elegir, pero donde no se dejara atada la futura política pública, de modo que la ley definiera la forma en que se iba a ejercer ese derecho a elegir, y ninguna fue aceptada por las derechas.
-¿Cómo justificaron ese rechazo?
-No necesitaban justificarlo, porque tenían las mayorías en el Consejo para después aprobar las normas que quisieran aprobar. Entonces, reclaman que hubo intransigencia cuando incorporaron «palabras que ustedes siempre están utilizando», como “solidaridad”, pero ellos no son intransigentes cuando rechazan cinco o seis redacciones que les presentamos sobre derecho a elegir o libertad de elegir, tanto en seguridad social como en salud.
HUELGA Y AGUA
-La propuesta constitucional permite la huelga sólo durante la negociación colectiva y establece la prohibición de la negociación por rama de la producción. ¿Qué efectos produciría esto?
-Hay un retroceso en el derecho a la huelga tal y como está considerado hoy, de eso no hay duda. Hoy, el derecho a la huelga se reconoce en el texto del 80 en términos negativos, pues dispone quiénes no se van a poder declarar en huelga, pero a nivel de jurisprudencia de la Corte Suprema, sobre la base de la interpretación del silencio de la Constitución, se ha reconocido que es un derecho fundamental y que no está circunscrito sólo a la negociación colectiva. Esa es una regulación que hoy está contenida a nivel legal que se subiría a nivel constitucional, y por ende esa herramienta se restringiría únicamente a servir en el contexto de una negociación colectiva. Eso, efectivamente, supone un retroceso con lo que hoy está regulado y reconocido a nivel de la jurisprudencia de la Corte Suprema.
“Y respecto a la negociación ramal, hoy no existe en Chile, pero podría existir. Si se aprueba esta propuesta constitucional, no podría existir y eso es uno de los puntos que algunos hemos estado colocando sobre la mesa para insistir en que es una propuesta programática, porque tiene un cierto programa, una cierta decisión de política pública que debiese quedar entregada al legislador. Esto no quiere decir que la negociación ramal deba necesariamente existir, pero es una posibilidad y con esta propuesta queda descartada”.
-¿Y qué sucede con el agua en esta propuesta constitucional?
-Hay (en la propuesta) un derecho fundamental de acceso al agua y al saneamiento, pero la pregunta es si ese derecho tiene posibilidades de realizarse, aunque se declare que tiene que priorizarse el uso humano, si las aguas siguen en un régimen de propiedad privada. O sea, se mantiene el derecho de aprovechamiento sobre el cual se posee un derecho de propiedad. Así que en esta materia la propuesta deja las cosas más o menos tal como están. De hecho, uno podría pensar que, en el régimen de propiedad, con la forma en que se encuentra regulado, el agua seguirá siendo un recurso que va a estar a beneficio de la propiedad de las personas.
“Presentamos cinco o seis redacciones que incluían el derecho a elegir (en salud), pero donde no se dejara atada la futura política pública, de modo que la ley definiera la forma en que se iba a ejercer ese derecho a elegir, y ninguna fue aceptada por las derechas”.
-En la práctica, ¿se puede abrir una disputa entre el derecho de acceso y el derecho de quien tiene la propiedad?
-Eso pasa cuando tú tienes derechos que son distintos al derecho de propiedad. Porque es tal el nivel de protección que tiene en Chile el derecho de propiedad que generalmente va a triunfar frente a cualquier otro derecho. Esto se explica porque sólo puede regularse el derecho de propiedad a través de una ley expropiatoria y sólo en algunos ámbitos, los que además serían limitados por nuevas normas que incorporó el Consejo. Entonces, es complejo que el derecho de propiedad se pueda someter a ese balance.
“Sobre el derecho al agua, en el anteproyecto se decía que ‘el derecho de aprovechamiento es un derecho real que recae sobre las aguas que confían a su titular el uso y el goce de ellas de conformidad con las reglas de temporalidad requisitos y limitaciones que prescribe la ley’. O sea, ¿qué hicimos? Considerando que hubo diez años de discusión legislativa para modificar el Código de Aguas, tuvimos el afán de no introducir reformas demasiado sustanciales. Lo que propusimos fue que ocupáramos el mismo lenguaje que utiliza la reforma del Código de Aguas, que es resultado de una negociación política bastante masticada, pero luego el Consejo volvió sobre esos pasos y lo deja como un derecho de propiedad sin decir que es un derecho de propiedad. O sea, tiene orejas de conejo, cuerpo de conejo, cola de conejo. Se dispone (en la propuesta): ‘Se podrán constituir o reconocer derechos de aprovechamiento de agua, los que confieren a su titular el uso y goce de esta y le permiten disponer, transmitir y transferir tales derechos en conformidad con la ley’. O sea, es un derecho de propiedad y además amparado por la garantía del derecho de propiedad de la misma Constitución. Eso hace que no quede duda de que las aguas son propiedad privada y que, en consecuencia, cualquier otro objetivo que se declare se vea limitado porque las aguas son parte del patrimonio privado de personas y empresas”.
-Entonces, ¿el texto reforzaría la protección de la propiedad privada del agua?
-Tiene esta declaración, bienvenida, yo diría, relativa del derecho al agua, pero que está condicionada por la apropiación que ya existe sobre los derechos de aprovechamiento del agua.
SISTEMA POLÍTICO
-La fragmentación del Congreso parece ser un problema que preocupa a todos los sectores políticos, pero no está muy claro para la ciudadanía. ¿La propuesta constitucional soluciona ese problema? ¿Es una buena noticia la reducción del número de diputados?
-Yo creo que no. En el anteproyecto había un estatuto en materia de partidos políticos que justamente apuntaba a tratar de abordar el problema de la fragmentación, lo que es difícil de hacer porque, en rigor, un sistema electoral debe cuidar dos principios que a veces colisionan: gobernabilidad, o sea, hacer posible que se adopten decisiones en el Congreso, lo que se dificulta cuando hay mucha fragmentación; y, por otro lado, representación, es decir, que las diferentes realidades y visiones políticas que existen en una sociedad se vean reflejadas en el Congreso. Entonces, la gracia consiste en tratar de buscar un equilibrio. El sistema binominal, por ejemplo, concedía bastante gobernabilidad, lo que se celebró durante 30 años, pero era poco respetuoso de la representación.
“El anteproyecto adoptaba una serie de medidas que apuntaban a evitar la fragmentación, como establecer un umbral que exigía a los partidos conseguir el 5% de los votos a nivel nacional para poder integrar el Congreso. Pero el Consejo eliminó varias de esas normas, rebajó el umbral y lo aplazó hasta el año 2030. Además, alteró la paridad que nosotros consideramos que era parte del sistema electoral. Lo que hacen las derechas en el Consejo es entrar al tema de la fragmentación a través del redistritaje y la disminución de parlamentarios. Respecto a lo segundo, hay un argumento populista, porque asegura que sería necesario reducir el número de parlamentarios, porque así gastamos menos. Y eso es una mala decisión, una mala estrategia. Uno puede ahorrar en otros ámbitos, pero no en democracia, no en representatividad. De hecho, la disminución lo que hace es restarle peso al voto. Mientras menos representantes haya, menos peso tiene mi voto. Eso inevitablemente es así y prácticamente todos quienes han encarado en serio la discusión saben que en Chile estamos al debe en el número de parlamentarios por población. Entonces, la disminución es una mala noticia. Al breve, mediano y largo plazo, no trae ningún ahorro. Además, va unida con unas reglas de redistritaje que en el fondo son un traje a la medida de las derechas. Es decir, las derechas, sobre la base de estudios que dijeron tener, pero que nunca compartieron, delinearon las coordenadas para un futuro mapa electoral en el que se vean mejor representadas. Esto tiene que ver con el hecho de que muy probablemente los distritos rurales, que es donde a la derecha le va mejor, van a quedar sobrerrepresentados, por sobre los distritos urbanos.
“No hay ninguna razón técnica para la reducción de parlamentarios. El número que se propone, y esto lo escuchamos de Chile Vamos y republicanos, no se basa en ninguna razón. La única justificación es que es un número intermedio entre 120 y 155. Así de trivial es la decisión, así de informal, de poco seria. Y no resolverá los problemas de fragmentación. Lo que me temo es que los partidos grandes, o los que se sienten grandes, están acomodándose en un sistema electoral con ansias de asegurar gobernabilidad. Piensan, ‘si somos poquitos partidos, entonces va a ser más fácil conversar y gobernar’. Pero, son partidos que, si miras las encuestas, no representan a nadie. Eso es lo problemático, es una olla de presión. Creo que es un error grave lo que están haciendo”.
“Hay un retroceso en el derecho a la huelga tal y como está considerado hoy, de eso no hay duda”.
-¿Cuáles son tus expectativas sobre el resultado del plebiscito?
-Creo que es incierto el resultado. Es verdad que el “En contra” ha estado muy encima desde el comienzo, a diferencia de lo que pasó en el caso de la Convención, donde hubo efectivamente un cambio en la opinión pública.
-Hay encuestas que muestran que la opción “A favor” ha ido al alza e incluso algunas muestran un empate.
-Hay muchas encuestas que tienen muy poco rigor técnico, que lo que van haciendo es formar opinión, más que informar cuál es la opinión que está hoy prevaleciendo. Eso es parte también de la guerrilla que se produce en el contexto de un plebiscito. Yo no creo, ni por lejos, que la carrera esté corrida y lamento que los partidos de la derecha hayan optado por una campaña confrontacional, porque eso es lo que prepararon durante todo el trabajo en el Consejo Constitucional. Ellos así lo querían y siempre lo plantearon: ‘no vamos a tener acuerdo, lo que se va a hacer en diciembre es un plebiscito adversarial’. ¿Y cuál es el adversario? Eso es lo que están ahora tratando de montar, un plebiscito donde ellos puedan llamar a la gente a manifestarse en contra de un adversario y estas encuestas de poco rigor técnico, estas campañas al margen de la ley que se están haciendo, el hecho de que, por ejemplo, los republicanos hayan estado en campaña con normas que tenían que ser todavía resueltas por la Comisión Mixta, lo que muestra es que efectivamente llegaron ahí sin ningún ánimo de acuerdo. Y el resultado del plebiscito puede ser incierto frente a esa tremenda maquinaria económica y comunicacional que tienen